BWBV0001572
Geldig vanaf 01-11-2006
Artikel 5
Verdrag tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Republiek Ecuador inzake de export en handhaving van socialezekerheidsuitkeringen
1. A fin de determinar el derecho a la percepción de los beneficios y a la legitimidad de los pagos conforme la legislación neerlandesa, un beneficiario, familiar o derechohabiente deberá identificarse ante la institución competente en el Ecuador presentando un documento oficial de identidad.
2. Será considerado como documento oficial de identidad el pasaporte o cualquier otro documento de identidad emitido por la entidad oficial en el Ecuador. La institución competente del Ecuador deberá informar a la institución competente de los Países Bajos que la identidad del beneficiario, familiar o derechohabiente, ha sido verificada mediante la presentación del documento oficial de identidad, enviándose además una copia certificada de dicho documento.
2. Será considerado como documento oficial de identidad el pasaporte o cualquier otro documento de identidad emitido por la entidad oficial en el Ecuador. La institución competente del Ecuador deberá informar a la institución competente de los Países Bajos que la identidad del beneficiario, familiar o derechohabiente, ha sido verificada mediante la presentación del documento oficial de identidad, enviándose además una copia certificada de dicho documento.
- Citeren als
- Art. 5
- Geldig vanaf
- Status
- Geldend recht
- Identificatie
- BWBV0001572
- Officiële bron
- wetten.overheid.nl