BWBV0001572
Geldig vanaf 01-11-2006
Artikel 4
Verdrag tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Republiek Ecuador inzake de export en handhaving van socialezekerheidsuitkeringen
1. La permanencia o residencia del beneficiario o integrantes de su familia en el territorio de cualquiera de las Partes Contratantes, no restringirá el pago de los beneficios, dentro de los lineamientos del presente Convenio.
2. Lo dispuesto en el inciso 1 no se aplicará a la legislación relativa a la asistencia social.
3. Lo dispuesto en el inciso 1 no afecta a la legislación neerlandesa que introduzca limitaciones o que excluya el pago de los beneficios para los hijos que residan o permanezcan fuera del territorio de los Países Bajos.
2. Lo dispuesto en el inciso 1 no se aplicará a la legislación relativa a la asistencia social.
3. Lo dispuesto en el inciso 1 no afecta a la legislación neerlandesa que introduzca limitaciones o que excluya el pago de los beneficios para los hijos que residan o permanezcan fuera del territorio de los Países Bajos.
- Citeren als
- Art. 4
- Geldig vanaf
- Status
- Geldend recht
- Identificatie
- BWBV0001572
- Officiële bron
- wetten.overheid.nl