BWBV0001514
Geldig vanaf 01-02-2002
Artikel vigesimo septimo
Verdrag inzake de erkenning van de internationale rechtspersoonlijkheid van het Internationaal Aardappelcentrum (CIP)
Para la celebración de las sesiones de Junta Directiva, sean ordinarias o extraordinarias, en su primera convocatoria y cuando no se trate de los asuntos mencionados en el artículo vigésimo noveno, se requiere la concurrencia de seis de sus miembros.
En segunda convocatoria bastará la concurrencia de tres miembros, quienes serán necesariamente el Presidente o el Vice-Presidente en caso de ausencia del Presidente, uno de los miembros de la Junta Directiva (que puede ser el propio Vice-Presidente si el Presidente se encuentra presente) y el Director General.
En segunda convocatoria bastará la concurrencia de tres miembros, quienes serán necesariamente el Presidente o el Vice-Presidente en caso de ausencia del Presidente, uno de los miembros de la Junta Directiva (que puede ser el propio Vice-Presidente si el Presidente se encuentra presente) y el Director General.
- Citeren als
- Art. vigesimo septimo
- Geldig vanaf
- Status
- Geldend recht
- Identificatie
- BWBV0001514
- Officiële bron
- wetten.overheid.nl